Las «mañaneras» del presidente viola el derecho público a una información veraz
El modelo de comunicación del Ejecutivo Nacional viola disposiciones de la Constitución y de la Ley Electoral, por lo que exige una revisión para definir un nuevo esquema que no rompa el principio de equidad que debe prevalecer en la difusión del mensaje político ante momentos trascendentales como los procesos electorales.
Abogados y politólogos especialistas convocados por México Justo en la Mesa de Diálogo “Efectos Jurídicos de la estrategia mediática del Ejecutivo Nacional”, consideraron que la política de comunicación del presidente camina “sobre el filo de la navaja” y “estresa los límites jurídicos”, ya que ha hecho uso de información falsa que incluso podría dar pie a una acción legal de juicio de amparo en contra del mandatario.
Valdemar Martínez, Consejero Académico de México Justo, afirmó que la conferencia mañanera es un ejercicio que manipula el derecho a la información pública al ser utilizada para revelar datos de la vida privada de quienes no comulgan con la visión del presidente, por lo que estos actos de autoridad pueden ser sometidos al escrutinio constitucional a través del juicio de amparo al violentar las disposiciones del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El presidente del país no puede escudarse en el derecho a la libertad de expresión para difundir información particular o como presuntos delincuentes porque ello contraviene el principio de presunción de inocencia, aseveró.
“Sus intervenciones en la mañanera se traducen en calumnias, injurias, difamaciones que son violatoria de los derechos humanos, además de que el artículo 108 de la Constitución dice que el presidente de la República puede ser imputado, juzgado no sólo por traición a la patria, por delitos electorales, sino por todos los delitos que pueden ser imputados a cualquier ciudadano”.
Por su parte, Fernando Ojesto Martínez, abogado especialista en materia electoral y catedrático de la UNAM, advirtió que el ejercicio de la mañanera vulnera el principio de equidad de la contienda, por lo que, ante un resultado muy parejo en las elecciones federales venideras, éste podría ser un argumento de la oposición que podría anular un proceso electoral, “sería una consecuencia extrema, pero puede ser real”, afirmó.
Dijo que, ante la evidente violación constitucional del principio de neutralidad del presidente en su ejercicio de comunicación, no se le ha podido sancionar ya que no existe una ley reglamentaria del artículo 134 Constitucional.
Recordó que en la elección presidencial del 2006, la entonces oposición acusó de intromisión en el proceso a Vicente Fox por algunas declaraciones, lo que generó un cambio en el modelo de comunicación política en México, principios que hoy se violan de forma permanente sin sanciones legales.
“Todos los partidos en México simulan el cumplimiento de la normativa electoral que ellos hicieron, pero la sociedad puede jugar un papel importante al promover desde su trinchera el respeto a tres principios en materia de comunicación que son la verdad, el diálogo y la exigibilidad del respeto a las leyes”.
Sara Lozano, politóloga y catedrática del Tecnológico de Monterrey, comentó que la conferencia mañanera estresa los limites jurídicos en México y fundamentalmente viola el derecho público a una información veraz, ya que evidentemente los pronunciamientos de un jefe de Estado no son los de un ciudadano común.