La fecha será entre el 3 y el 7 de abril de 2024
La Comisión Jurídica aprobó los Lineamientos del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) para el Registro de Candidaturas en el Proceso Electoral Local 2023-2024 y formatos anexos, que serán sometidos a la consideración del Consejo General.
El documento establece el procedimiento que los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes deben llevar a cabo en el registro de sus candidaturas, entre el 3 y el 7 de abril de 2024, para renovar la integración de la Legislatura del Estado y los 18 Ayuntamientos.
El Director Ejecutivo de Asuntos Jurídicos, Juan Rivera Hernández, señaló que los lineamientos permiten la postulación de candidaturas conforme a los principios de autodeterminación de los partidos políticos, igualdad y no discriminación; además, explicó, regulan el registro de candidaturas de personas indígenas y pertenecientes a grupos de atención prioritaria, el registro optativo en línea, entre otros temas previstos en la normatividad en la materia.
El Presidente de la Comisión, Consejero Electoral José Eugenio Plascencia Zarazúa, destacó las aportaciones realizadas por diversas áreas técnicas del Instituto y las consejerías electorales del Consejo General a la reglamentación.
Por su parte, el Consejero Electoral Daniel Dorantes Guerra consideró que el documento es la columna vertebral para la renovación de los cargos públicos locales, el cual fue elaborado con un enfoque de derechos humanos, respeto a la autodeterminación de los partidos y cumplimiento de los principios que rigen la función electoral.
De igual manera, la Consejera Electoral Rosa Martha Gómez Cervantes señaló que los lineamientos tienen su fundamento en precedentes y criterios jurisdiccionales, así como en diversas disposiciones legales que dan soporte a la determinación del órgano superior de dirección.
La Consejera Electoral María Pérez Cepeda indicó que para que una persona pueda ser postulada como candidata indígena debe manifestar su autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena a través de un escrito; asimismo, dijo que el partido político, coalición o candidatura independiente que la postule debe acreditar mediante elementos objetivos el vínculo entre la candidatura y la comunidad.
La Consejera Electoral Karla Isabel Olvera Moreno informó que se incluyen cinco anexos relativos al Cronograma de actividades, Declaración individual de adscripción de personas indígenas, Formato 3 de 3 contra la violencia, Solicitud de registro de candidaturas y Formato cumplimiento de requisitos.
En su oportunidad, la Consejera Presidenta Grisel Muñiz Rodríguez precisó que la verificación de la adscripción a un grupo parlamentario atiende al supuesto de la elección consecutiva.