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Renuncia Edmundo Jacobo Molina como Secretario Ejecutivo del INE

In Nacional
marzo 29, 2023


La renuncia es de carácter irrevocable y será efectiva a partir del próximo 3 de abril


El Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), Edmundo Jacobo Molina, anunció que el día de hoy presentó a la presidencia del Consejo General su renuncia al cargo de forma irrevocable, con efectos a partir del próximo 3 de abril.


En conferencia de prensa, aseguró que “esta separación de actividades es clave porque permite una continua revisión y examen del trabajo electoral.”
Desde que asumió el cargo, enfatizó Jacobo, diseñó una Secretaría Ejecutiva discreta, con bajo protagonismo público “para aislar la operación institucional del trajín propio de las contiendas entre las distintas fuerzas partidistas”.
Es decir, para evitar la politización de las actividades técnicas y ejecutivas del Instituto que, por definición y de acuerdo con la organización administrativa establecida por la Constitución, debe atender a criterios estrictamente técnicos.
Desafortunadamente, lamentó el Secretario Ejecutivo, “el diseño institucional que procuramos durante tantos años, así como el equilibrio que con el mismo siempre se ejecutó, fue roto en los últimos meses por algunos actores políticos que, en el más reciente debate sobre la reforma electoral, hicieron de la operación técnica, necesariamente imparcial, parte del debate político”.
Ante medios de comunicación, Edmundo Jacobo sostuvo que la notoriedad que sin buscarla adquirió, luego de su cese como Secretario Ejecutivo por el llamado Plan B de la reforma electoral, así como la presentación y resolución del amparo interpuesto por su persona, “constituye un impedimento -desde mi punto de vista- para continuar desempeñando con discreción y eficacia las actividades propias de la Secretaría Ejecutiva”.
“Por ello, estoy convencido que, conforme a la ética de la responsabilidad, es el momento de retirarme”, dijo.
Además, reiteró que los litigios que presentó contra una norma inconstitucional que indebidamente lo cesaba, “nunca tuvieron como finalidad la consecución de un beneficio personal”, sino la conservación del Estado de derecho, en el que se respeten las competencias conferidas por la Constitución a los órganos primarios del Estado.