Después de las necesarias acciones afirmativas impulsadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) en favor de las personas de la diversidad sexual, en general, y de las mujeres trans, en específico, que son el mayor blanco de violencia y de discriminación en México, el siguiente paso es diseñar políticas públicas transformativas para eliminar el problema de raíz.
Así lo estableció Chloé Constant, Profesora investigadora de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), durante la Conferencia: «La garantía de los derechos humanos en materia electoral. Retos y Perspectivas», en el Lobby del Auditorio del INE.
Subrayó de igual modo que el reconocimiento a la identidad no binaria en documentos como la Credencial para Votar con Fotografía, es un gran avance en materia de no discriminación.
Ante las Consejeras Dania Ravel Cuevas y Carla Humphrey Jordan, presidenta e integrante de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, respectivamente, Chloé Constant destacó la utilidad del principio y del derecho a la igualdad y la no discriminación, porque, además de que constituyen la columna vertebral del sistema de los derechos humanos, reconocen las características particulares y los contextos de los sectores o los grupos sociales.
También en presencia del Coordinador General de la Cooperación Española en México, Ignacio A. Nicolau, y de la Representante Residente Adjunta del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Sandra Sosa Cárcamo, la experta en temas de género y derechos humanos resaltó esta importancia, porque así los derechos humanos no pierden su generalidad al ser invocados y son protegidos en cualquier contexto y para cualquier persona.
Habló asimismo de las dos visiones actuales sobre igualdad: una, relacionada con la no discriminación y la otra como el no sometimiento a la opresión; la primera va a centrar su atención en la identificación del trato (identificando si una disposición normativa, por ejemplo, no excluye del goce de un derecho a un grupo social), mientras que la segunda sirve para identificar, de ser el caso, la forma en que las instituciones y los arreglos sociales pueden violentar a las personas trans en el ejercicio de sus derechos políticos electorales.